Se utilizó una aclaración sobre la diferencia entre el ITC en el GSTR-3B y el GSTR-2A, el TCS en caso de varios operadores de comercio electrónico y la anulación del ITC en caso de sustituciones de la garantía

Published on:
September 12, 2023

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1. Aclaración sobre la utilización del crédito tributario soportado (ITC) en el GSTR-3B y el GSTR-2A durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de diciembre de 2021 | Circular núm. 193/05/2023-GST

Antecedentes:

El CBIC ha aclarado la manera de abordar las diferencias entre el ITC (disponible en el GSTR-3B) y el ITC (disponible en el GSTR-2A, vide C.Circular núm. 183/15/2014/GST del 27 de diciembre de 2022 para los años fiscales 2017-18 y 2018-19 en diversas situaciones.

Ahora, el consejo del GST ha emitido las siguientes directrices similares para el período del 1 de abril de 2019 al 31 de diciembre de 2021, véase la circular núm. 193/05/2023-GST de 17 de julio de 2023:

  • El ITC está disponible sujeto a las restricciones establecidas en la sección 16 de la Ley CGST, con efecto a partir del 1 de julio de 2017.
  • La regla 36 (4) del Reglamento del CGST restringió al ITC hasta cierto límite específico más allá del ITC disponible según el FORMULARIO GSTR- 2A con efecto a partir del 9 de octubre de 2019 de la siguiente manera:

Período ITC permitido
1 de abril de 2019 a 8 de octubre de 2019 Sin ningún límite
9 de octubre de 2019 a 31 de diciembre de 2019 120% del ITC elegible disponible en GSTR-2A
1 de enero de 2020 a 31 de diciembre de 2020 110% del ITC elegible disponible en GSTR-2A
1 de enero de 2021 a 31 de diciembre de 2021 105% del ITC elegible disponible en GSTR-2A
A partir del 1 de enero de 2022 Solo el ITC elegible disponible en GSTR-2A

  • Dado que la restricción del ITC se ha modificado de manera gradual, las disposiciones de la circular núm. 183/15/GST de 27 de diciembre de 2022 se aplicarán de la siguiente manera:
  1. Del 1 de abril de 2019 al 8 de octubre de 2018: La circular 183/15/GST del 27 de diciembre de 2022 se aplicará en su totalidad tal como está.
  1. Del 9 de octubre de 2019 al 31 de diciembre de 2019:
    1. La regla 36 (4) del Reglamento del CGST permitía utilizar el ITC hasta el 120% de los detalles del ITC proporcionados por el proveedor en su GSTR-1 o IFF.
    2. En consecuencia, las directrices proporcionadas por la Circular núm. 183/15/2022 serán aplicables para la verificación de que la condición establecida en la Sección 16 (2) (c) de la Ley CGST no supere el 20% del crédito elegible disponible en el GSTR-2A
    3. Por ejemplo.

ITC disponible en GSTR-2A: 3 000 INR

ITC disponible en GSTR-3B: 5 000 INR

Admisible en virtud del artículo 36 (4) del Reglamento del CGST: 3.60.000 INR (3.60.000 * 120%)

Se ha utilizado un ITC de 140.000 INR por encima del ITC permitido en virtud de la Regla 36 (4) del Reglamento del CGST. Por lo tanto, este tipo de ITC no estará permitido aunque la persona registrada también presente los documentos prescritos en la circular núm. 183/15/2022.

Puede acogerse a la circular núm. 183/15/2022 por 60.000 INR.

  1. Del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2020: El 10% de los ITC elegibles que figuren en el GSTR-2A pueden acogerse a la circular núm. 183/15/2022.
  1. Del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021: El 5% de los ITC elegibles que figuren en el GSTR-2A pueden acogerse a la circular núm. 183/15/2022.
  1. A partir del 1 de enero de 2022: Como consecuencia de la inserción de la Sección 16 (2) (aa) de la Ley CGST y la modificación de la Regla 36 (4) del Reglamento de la CGST, con efecto a partir del 1 de enero de 2022, no se permitirá el ITC con respecto a las facturas que no aparezcan en el GSTR-2B.

2. Aclaración sobre la responsabilidad de TCS en caso de que varios operadores de comercio electrónico participen en una transacción | Circular núm. 194/06/2023-GST

En esta circular, el CBIC aclaró la responsabilidad fiscal recaudada en la fuente (TCS) en virtud del artículo 52 de la Ley CGST por las transacciones que involucren a varios operadores de comercio electrónico (ECO). La ECO responsable de recaudar los TCS y el cumplimiento depende de si la ECO del lado del proveedor también es el proveedor de bienes y servicios.

En el caso de acuerdos de red abierta para el comercio digital (ONDC) en los que participan varios operadores de comercio electrónico. Se requería claridad para decidir qué ECO será responsable de deducir el TCS y cumplir con otras disposiciones de la sección 52.

En el caso de la red ONDC u otros acuerdos similares, hay varios ECO involucrados en una sola transacción, es decir, uno proporciona una interfaz para el comprador y el otro proporciona una interfaz para el vendedor. En este sistema, la ECO del lado del comprador podría cobrar una contraprestación, deducir su comisión y repercutir la contraprestación a la ECO del lado del vendedor.

a. Tema 1:

En una situación en la que varias OCE participan en una sola transacción de suministro de bienes o servicios, o ambas a través de la plataforma ECO, y en la que la propia ECO del lado del proveedor no es el proveedor de dicho suministro, ¿quién es responsable del cumplimiento en virtud del artículo 52, incluida la recopilación de TCS?

Comprador > ECO del lado del comprador > ECO del lado del proveedor > Proveedor

Aclaración:

La responsabilidad del cumplimiento en virtud del artículo 52 de la Ley CGST, incluida la recaudación de los TCS, recae en la ECO del lado del proveedor, quien finalmente libera el pago al proveedor por un suministro en particular realizado por dicho proveedor a través de él.

Por ejemplo: ECO del lado del comprador cobra el pago del comprador, deduce sus comisiones y comisiones y remite el saldo a ECO del lado del vendedor. En este caso, ECO, del lado del vendedor, liberará el pago al proveedor tras deducir sus comisiones o comisiones. Por lo tanto, la ECO del lado del proveedor deberá cumplir con las disposiciones del artículo 52 de la Ley CGST.

Cuestión 2:

En una situación en la que varias ECO participan en una sola transacción de suministro de bienes o servicios, o ambas a través de la plataforma ECO, y la ECO del lado del proveedor es él mismo el proveedor de dicho suministro, ¿quién es responsable del cumplimiento en virtud del artículo 52, incluida la recopilación de TCS?

Comprador > Comprador ECO > Proveedor (también y ECO)

Aclaración:

En tal situación, la ECO del lado del comprador recaudará los TCS al tiempo que paga al proveedor por el suministro en particular que se esté realizando a través de ella.

Por ejemplo: ECO del lado del comprador, que recibe el pago del comprador, deduce sus tarifas y envía el saldo al proveedor (también un ECO según el artículo 2 (45) de la Ley CGST). En este caso, la ECO, del lado del comprador, también debe cobrar y pagar los TCS aplicables (artículo 52 de la Ley CGST), junto con otros requisitos del artículo 52.

3. Aclaraciones sobre la aplicabilidad del GST a ciertos servicios —reg. | Circular núm. 201/13/2023-GST

El Ministerio de Finanzas del Departamento de Ingresos (Unidad de Investigación Tributaria) del Ministerio de Finanzas del Gobierno de la India emitió recientemente la circular núm. 201/13/2023-GST, en la que se aclaran las tarifas y la clasificación de ciertos bienes y servicios basándose en las recomendaciones del Consejo del GST en su 50ª reunión, celebrada el 11 de julio de 2021. Estas aclaraciones resuelven las dudas y garantizan una aplicación coherente del GST en varios sectores.

Número: 1 Si los servicios prestados por el director de una empresa a título personal, como el alquiler de bienes inmuebles a la empresa o entidad jurídica, están sujetos al mecanismo de cobro inverso (RCM):

Aclaración:

La entrada n.º 6 de la notificación n.º 13/2017 CTR, de 28 de junio de 2017, establece que la empresa pagará el impuesto sobre los servicios prestados por el director de una empresa mediante un mecanismo de cobro inverso.

Por lo tanto, el CBIC ha aclarado que los servicios prestados por un director a su empresa a título personal, como el alquiler de propiedades, no están sujetos a impuestos según el mecanismo de cobro inverso (RCM). Solo los servicios de director a título oficial están sujetos a impuestos en virtud del RCM.

Cuestión 2:

Si el suministro de alimentos o bebidas en la sala de cine está sujeto a impuestos como servicio de restaurante del 5%.

Aclaración:

El operador del cine puede administrar por sí mismo puestos de refrescos o comida en las salas de cine o puede donar a un tercero por contrato. El cliente puede querer hacer uso de los servicios ofrecidos por estos puestos o decidir no hacer uso de estos servicios. Además, el operador del cine también puede instalar máquinas expendedoras o prestar cualquier otro servicio recreativo, como máquinas que funcionan con monedas, etc.

El CBIC ha aclarado que el suministro de alimentos o bebidas en una sala de cine está sujeto a impuestos como «servicio de restaurante» en virtud del GST a un tipo del 5% siempre que:

  1. los alimentos o bebidas se suministran a través de un servicio o como parte de él; y
  2. se suministra independientemente del servicio de exhibición de cine.

Además, el CBIC ha aclarado que cuando la venta de entradas de cine y el suministro de alimentos y bebidas se combinan, y dicho suministro combinado cumple con la prueba del suministro compuesto, toda la oferta atraerá el GST a la tasa aplicable al servicio de exhibición de cine, la oferta principal.

4. La circular núm. 195/07/2023-GST del CBIC proporciona aclaraciones sobre el ITC y el GST para las sustituciones y reparaciones de piezas durante los períodos de garantía.

CBIC ha recibido varias declaraciones en las que se afirma que, como práctica comercial habitual, los fabricantes de equipos originales (OEM) ofrecen garantía para los productos que suministran. Durante el período de garantía, los bienes o servicios de sustitución se suministran a los clientes de forma gratuita y, por lo tanto, no se cobra ni se recibe ninguna contraprestación aparte en el momento de la sustitución.

Por lo tanto, es necesaria una aclaración para evitar litigios innecesarios con respecto a la responsabilidad del GST, así como la responsabilidad de anular el ITC contra dichos suministros de reemplazo de piezas y servicios de reparación durante la garantía.

Los puntos clave sobre la aplicabilidad de la reversión del GST y el ITC se resumen a continuación:

N.º Problema Aclaración
1 Garantía del fabricante (OEM) donde se proporcionan piezas o servicios sin cargo. ¿Es aplicable el GST? No se aplica GST, ya que el valor de los bienes originales incluye el costo de la garantía. Sin embargo, el GST se aplica sobre cualquier contraprestación adicional cobrada.
2 ¿El fabricante debe revertir el ITC por piezas/servicios proporcionados gratuitamente bajo garantía? No, ya que el suministro de bienes con garantía incluye el costo estimado; no se requiere reversión del ITC.
3 Si el distribuidor presta servicios de garantía en nombre del fabricante sin contraprestación, ¿se aplica GST? No se aplica GST a menos que el distribuidor cobre una contraprestación adicional al cliente.
4 ¿Existe un suministro entre el distribuidor y el fabricante? ¿Se requiere reversión del ITC? (a) Si el distribuidor factura al fabricante mediante factura fiscal – se paga GST y el fabricante puede reclamar ITC.
(b) Si el fabricante envía piezas gratis para reemplazo – no hay GST ni reversión del ITC.
(c) Si el distribuidor reemplaza piezas de su stock y el fabricante emite nota de crédito – el impuesto puede ajustarse si el distribuidor revierte el ITC.
5 El distribuidor realiza reparaciones gratuitas al cliente pero factura al fabricante mediante factura/nota de débito. ¿Es aplicable el GST? Sí, el GST es aplicable sobre dicho servicio facturado al fabricante. El fabricante puede reclamar ITC.
6 Garantía extendida adquirida en el momento de la venta vs. después de la venta — ¿se aplica GST? En el momento de la venta original – forma parte de un suministro compuesto, el GST se aplica en consecuencia.
Después de la venta original – contrato separado, el GST se aplica según su naturaleza (bienes/servicios).
California Sachin Jindal
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