Para aclarar la manera de abordar las diferencias en el ITC, se utilizó el formulario GSTR-3B frente al ITC que se refleja en el GSTR-2A para los años fiscales 2017-18 y 2018-19

Published on:
January 6, 2023

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La cuestión en torno a la herramienta básica del GST, es decir, hacer coincidir el ITC utilizado por el contribuyente en su GSTR-3B con la cumplimentación automática del ITC en el GSTR-2A, está en curso y el departamento está proponiendo varias enmiendas y aclaraciones para racionalizar el sistema. Debido a esta diferencia, el departamento ha enviado varios avisos o alertas a los contribuyentes.

Ahora, cuando el departamento ha comenzado la evaluación de los años fiscales 2017-18 y 2018-19, la desaprobación del ITC por no aparecer las facturas en el GSTR-2A se ha vuelto común. Dado que 2017-18 y 2018-19 fueron los primeros años de implicación del GST y los contribuyentes tampoco conocían bien el sistema del GST, por lo que los contribuyentes se han puesto en contacto con el departamento para aclarar cómo tramitar estas facturas que los proveedores no han declarado en su GSTR-1, ya que la desautorización de este ITC causará grandes dificultades a los contribuyentes.

Teniendo en cuenta las declaraciones recibidas, el departamento ha aclarado cómo debe abordarse la diferencia entre el crédito tributario soportado que aparece en el GSTR-2A y el ITC reclamado en el GSTR-3B para los años fiscales 2017-18 y 2018-19 (vídeo) Circular núm. 183/15/2014/GST de 27 de diciembre de 2022, en el que se aclaran los siguientes puntos:

1. Problema involucrado

  • Durante el período inicial de implementación del GST, es decir, durante los años financieros 2017-18 y 2018-19, en muchos casos, los proveedores no proporcionaron los detalles correctos de los suministros externos en el FORMULARIO GSTR-1 y, tal falta de divulgación, provocó ciertas deficiencias o discrepancias en el FORMULARIO GSTR-2A de sus destinatarios.
  • Por lo tanto, dado que los destinatarios estaban disponibles con las facturas y el correspondiente suministro interno de bienes o servicios, es posible que hayan hecho uso de dichos suministros al ITC al presentar el GSTR-3B.
  • Ahora, durante la evaluación, la auditoría o la investigación, los funcionarios tributarios han notado la diferencia entre el ITC que aparece en el GSTR-2A y el ITC declarado en el GSTR-3B.
  • Los funcionarios tributarios consideraron que esas discrepancias no reunían los requisitos del ITC utilizado por los contribuyentes y marcaron dichos montos para solicitar aclaraciones o solicitaron la anulación de dicho ITC no elegible junto con los intereses.
  • Además, durante el período inicial, el GSTR-2A no estaba disponible para los contribuyentes en el portal del GST. Por lo tanto, los contribuyentes no pudieron comprobar si la contraparte había declarado correctamente sus suministros en el GSTR-1.
  • Además, la regla 36 (4) del Reglamento del CGST, que establece un límite determinado hasta el cual se puede utilizar el ITC más allá del ITC que aparece en el GSTR-2A, entró en vigor el 1 de octubre de 2019.
  • Sin embargo, el ITC estaba disponible sujeto a las restricciones y condiciones establecidas en el artículo 16 de la Ley CGST, y dicho artículo era aplicable a partir del 1 de julio de 2017.
  • Por lo tanto, el departamento recibió varias declaraciones de las autoridades comerciales y tributarias en las que solicitaba aclaraciones sobre la manera de abordar dichas discrepancias durante los años fiscales 2017-18 y 2018-19.

2. Escenarios en los que se plantearon diferencias entre el ITC según el GSTR-2A y el ITC utilizado según el GSTR-3B

Los siguientes son los posibles escenarios en los que el ITC no se refleja en el GSTR-2A del destinatario:

Escenarios Estado del GSTR-1 del Proveedor (Período Fiscal) Estado del GSTR-3B del Proveedor (Período Fiscal Correspondiente) Problema Involucrado
Escenario-1 No presentado Presentado El ITC de los suministros realizados durante dicho período fiscal no se refleja en el GSTR-2A de ningún destinatario
Escenario-2 Presentado (pero no se informaron ciertos suministros) Presentado El ITC de los suministros no reportados en GSTR-1 no se refleja en el GSTR-2A del destinatario
Escenario-3 Presentado (pero los suministros a personas registradas se declararon como B2C en lugar de B2B) Presentado El ITC de los suministros reportados incorrectamente en GSTR-1 no se refleja en el GSTR-2A del destinatario
Escenario-4 Presentado (pero los suministros se declararon con un GSTIN incorrecto, es decir, el GSTIN de otra persona) Presentado El ITC de los suministros reportados incorrectamente en GSTR-1 no se refleja en el GSTR-2A del destinatario

3. Medidas que debe tomar el oficial correspondiente durante la auditoría, la investigación o el escrutinio

  • El oficial correspondiente solicitará primero a la persona registrada los detalles de todas las facturas en las que la persona registrada haya utilizado el ITC en su FORMULARIO GSTR-3B pero que no estén reflejadas en su FORMULARIO GSTR 2A.
  • A continuación, comprobará si se han cumplido las siguientes condiciones del artículo 16 de la Ley CGST con dichas facturas:
  1. Ese destinatario está en posesión de una factura fiscal o nota de débito emitida por el proveedor o cualquier otro documento tributario;
  2. Que ha recibido los bienes o servicios o ambos;
  3. que ha pagado al proveedor el importe correspondiente al valor de la entrega, junto con el impuesto adeudado al respecto.
  • El oficial correspondiente también verificará si se requiere alguna revocación del ITC en virtud de los artículos 17 y 18 de la Ley CGST y también si dicho ITC se hace uso dentro del plazo prescrito en el párrafo 16 (4) de la Ley CGST.
  • Para garantizar que se haya cumplido la condición establecida en el párrafo 16 (c) de la Ley CGST, es decir, que el proveedor haya pagado el impuesto sobre dicho suministro, el funcionario correspondiente puede tomar las siguientes medidas:

Caso Acción a tomar
Diferencia en el ITC reclamado en GSTR-3B y el ITC reflejado en GSTR-2A es superior a INR 5 Lakhs 1. El funcionario competente solicitará a la persona registrada que obtenga un certificado del proveedor.
2. Dicho certificado deberá ser emitido por un Contador Público Certificado (CA) o un Contador de Costos (CMA), certificando que los suministros correspondientes a las facturas que no aparecen en el GSTR-2A del destinatario han sido efectivamente realizados por el proveedor.
3. Además, el impuesto sobre dichos suministros ha sido pagado por el proveedor en su declaración en el FORMULARIO GSTR-3B.
4. El certificado emitido por el CA o CMA deberá contener UDIN.
5. El UDIN del certificado emitido por CAs puede verificarse en el sitio web de ICAI: https://udin.icai.org/search-udin y el emitido por CMAs puede verificarse en el sitio web de ICMAI: https://eicmai.in/udin/VerifyUDIN.aspx
Diferencia en el ITC reclamado en GSTR-3B y el ITC reflejado en GSTR-2A es hasta INR 5 Lakhs 1. El funcionario competente solicitará al reclamante que presente un certificado del proveedor correspondiente.
2. El proveedor certificará que dichos suministros han sido efectivamente realizados por él al contribuyente registrado.
3. Además, el impuesto sobre dichos suministros ha sido pagado por el proveedor en su declaración en el FORMULARIO GSTR-3B.

Condiciones adicionales:

  1. Sin embargo, durante el período fiscal 2017-18, según la condición de la sección 16 (4) de la Ley CGST, las relajaciones antes mencionadas no se aplicarán a la reclamación del ITC presentada en el FORMULARIO GSTR-3B presentada después de la fecha límite de presentación de la declaración del mes de septiembre de 2018 hasta la fecha límite de presentación de la declaración de marzo de 2019, si el proveedor no hubiera proporcionado los detalles de dicho suministro en su FORMULARIO GSTR-1 hasta la fecha límite para presentar el FORMULARIO GSTR 1 para el mes de marzo de 2019.
  2. Además, las aclaraciones que figuran en esta circular son específicas de cada caso y son aplicables a la errores de buena fe comprometidos en la presentación de informes durante los años fiscales 2017-18 y 2018-19.
  3. Además, estas directrices son de carácter aclaratorio y pueden aplicarse según los hechos y circunstancias reales de cada caso y no se utilizarán en la interpretación de las disposiciones de la ley.
  4. Las instrucciones se aplicarán únicamente a los procedimientos en curso de escrutinio, auditoría, investigación, etc. para los años fiscales 2017-18 y 2018-19, y no a los procedimientos finalizados.
  5. Además, estas instrucciones se aplicarán en los casos de los años fiscales 2017-18 y 2018-19 en los que cualquier procedimiento de adjudicación o apelación aún esté pendiente.
California Sachin Jindal
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