
A partir del 10.10.2024, se ha aplicado el GST al alquiler de propiedades comerciales bajo el Mecanismo de Inversión del Sujeto Pasivo (RCM) cuando una persona no registrada alquila a una persona registrada. Para este fin, se ha insertado la siguiente entrada en la Notificación de RCM mediante la Notificación N.º 09/2024 – Impuesto Integrado (Tasa) con fecha del 8 de octubre de 2024.
Sin embargo, se generó confusión en el sector respecto a la frase “Cualquier propiedad”. La interpretación era que el alquiler de cualquier propiedad (distinta a bienes inmuebles) quedaría bajo el alcance del Mecanismo de Inversión del Sujeto Pasivo.
Por lo tanto, para evitar confusiones y malas interpretaciones, la CBIC emitió una notificación de corrección el 22 de octubre de 2024 y la entrada se ha modificado con la siguiente frase:
La corrección ha disipado la duda legítima que prevalecía en el sector de que el GST bajo RCM se aplicaría al alquiler de cualquier tipo de propiedad (excepto viviendas residenciales). Ahora, el GST bajo RCM se aplicará únicamente al alquiler de bienes inmuebles comerciales por parte de una persona no registrada a una persona registrada a partir del 10.10.2024.
