
Bajo el régimen del Impuesto sobre Bienes y Servicios (GST), la factura desempeña un papel fundamental, ya que este documento registra cada detalle de las transacciones, como la información del proveedor, los datos del destinatario, la descripción de los bienes, las tasas impositivas, etc. Toda transacción debe realizarse bajo el amparo de una factura que contenga los detalles requeridos por el GST.
La Sección 31 de la Ley del Impuesto Central sobre Bienes y Servicios de 2017 ("Ley CGST"), junto con la Regla 46 de las Normas del Impuesto Central sobre Bienes y Servicios de 2017 ("Normas CGST"), contiene las disposiciones relativas a la factura fiscal, es decir, la fecha límite de emisión y el contenido de la misma.
Según la Regla 46(n) de las Normas CGST, la factura fiscal debe incluir el lugar de suministro junto con el nombre del estado. Esta información permite al gobierno determinar el estado de consumo de los bienes o servicios y, en consecuencia, realizar una asignación adecuada del GST entre el gobierno central y el estatal.
Sin embargo, la junta ha observado durante el proceso de auditoría del GST que varios contribuyentes registrados (especialmente en los sectores bancario, de seguros y de telecomunicaciones, entre otros) no han incluido el lugar y el nombre del estado en sus facturas fiscales.
En consecuencia, el departamento ha instruido mediante la circular 90/09/2019-GST del 18 de febrero de 2019 que todos los contribuyentes registrados deben indicar el lugar de suministro y el nombre del estado en la factura fiscal al realizar suministros interestatales. El incumplimiento dará lugar a la apertura de procedimientos sancionadores contra el contribuyente conforme a las secciones 122 o 125 de la Ley CGST.
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