
Para realizar una transición adecuada al GST, era requisito indispensable transferir el crédito fiscal (ITC) existente bajo el régimen anterior al nuevo régimen de GST. Para ello, los contribuyentes deben presentar los formularios TRAN-1 y TRAN-2. Inicialmente, el gobierno estableció una fecha límite a partir de la cual los contribuyentes ya no podían transferir el ITC no utilizado.
Sin embargo, debido a fallos técnicos en el portal de GST, muchos contribuyentes no pudieron presentar dichos formularios antes de la fecha límite. Por consiguiente, se amplió el plazo para la presentación de los formularios GST TRAN-1 y GST TRAN-2. Las nuevas fechas para presentar TRAN-1 y TRAN-2 son el 31.03.2020 y el 30.04.2020, respectivamente.
Regla 117(1A) de la Ley CGST de 2017-
“[(1A) No obstante lo dispuesto en la subregla (1), el Comisionado podrá, previa recomendación del Consejo, ampliar la fecha para presentar la declaración electrónicamente en el FORMULARIO GST TRAN-1 por un período adicional que no exceda el 7[31 de marzo de 2020], con respecto a las personas registradas que no pudieron presentar dicha declaración antes de la fecha límite debido a dificultades técnicas en el portal común y respecto de las cuales el Consejo haya emitido una recomendación para dicha extensión.]”
Para este fin, el consejo de GST recomendó un Mecanismo de Resolución de Quejas de TI para abordar las dificultades enfrentadas por los contribuyentes debido a razones técnicas.
La Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas (CBIC) ha publicado una circular reciente para frenar los problemas técnicos que los contribuyentes enfrentan en el portal común al solicitar el Crédito Transitorio.
Como indica la circular, la CBIC la ha emitido para garantizar que las oficinas locales sigan un procedimiento uniforme, en el cual primero examinarán minuciosamente las representaciones presentadas por los contribuyentes y solo después de ello se remitirán a la Red de Impuestos sobre Bienes y Servicios (GSTN).
Sanjay Mangal, Comisionado de GST, publicó la circular en interés de todos los Comisionados Jefes Principales o Comisionados Jefes de Impuestos Centrales. El tema de esta circular se refería a varios principios de uniformidad que el consejo introdujo en las Reglas del Impuesto Central sobre Bienes y Servicios (CGST) de 2017.
Además, la circular habla sobre el Mecanismo de Resolución de Quejas de Impuestos sobre la Renta. El mecanismo surgió con la recomendación del Consejo de GST. Su función es tratar las quejas de los contribuyentes relacionadas con los fallos técnicos.
Según la circular, los funcionarios nodales no pudieron seguir la política sugerida en el Procedimiento Operativo Estándar (SOP) publicado el 12.04.2018 por la Red de Impuestos sobre Bienes y Servicios. Los siguientes problemas relacionados con TRAN-1 y TRAN-2 aparecían de forma recurrente:
Debido a estos descuidos, la Red de Impuestos sobre Bienes y Servicios no pudo procesar las representaciones a tiempo. El Comisionado de GST también ha notificado que la GSTN ha presentado el análisis técnico de los casos recibidos hasta el 31 de marzo. La GSTN ha pedido a todos los Funcionarios Nodales que examinen o escruten el resto de las representaciones antes de remitirlas.
La GSTN ha sugerido que el funcionario nodal debe seguir el siguiente procedimiento para las representaciones restantes:
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