
La inversión extranjera directa constituye la base de la economía y es fundamental para el desarrollo económico. El Banco de la Reserva de la India (RBI) implementa medidas para garantizar que el cumplimiento normativo de los inversores extranjeros se gestione de manera eficaz, evitando dificultades o complicaciones innecesarias. Con este objetivo, el RBI ha flexibilizado las condiciones relacionadas con la inversión de los Inversores Extranjeros de Cartera (FPI, por sus siglas en inglés) en títulos de deuda corporativa a través de la Ruta General, mediante la Notificación N.º RBI/2025-26/35 FMRD.FMD.No.01/14.01.006/2025-26, de fecha 8 de mayo de 2025.
El RBI ha liberalizado las condiciones relacionadas con la inversión de los FPI en títulos corporativos a través de la Ruta General.
De conformidad con el párrafo 4.4 de la Dirección Maestra – Instrucciones del Banco de la Reserva de la India (Inversión de no residentes en instrumentos de deuda), 2025, las condiciones para la inversión en títulos de deuda corporativa son las siguientes:
(i) Requisito de vencimiento residual mínimo: Un FPI solo puede invertir en títulos de deuda corporativa con un vencimiento original o residual superior a un año.
(ii) Un FPI no podrá invertir en:
a. títulos de deuda corporativa con cualquier cláusula de opcionalidad que pueda ejercerse en el plazo de un año a partir de la fecha de inversión;
b. fondos de inversión en deuda con un vencimiento o duración Macaulay de la cartera inferior a un año;
c. instrumentos de deuda parcialmente pagados; y
d. instrumentos de deuda corporativa amortizables cuya duración sea de hasta un año.
(iii) Límite de inversión a corto plazo: Las inversiones realizadas por un FPI en títulos de deuda corporativa con un vencimiento residual de hasta un año no deberán exceder el 30% de la inversión total del FPI en títulos de deuda corporativa. El límite de inversión a corto plazo se aplicará sobre las inversiones al cierre de cada jornada.
(iv) Límite por emisión: La inversión de cualquier FPI, incluidas las inversiones de FPI relacionados, no deberá exceder el 50% de ninguna emisión de títulos de deuda corporativa.
(v) Límite de concentración: La inversión en títulos de deuda corporativa por parte de un FPI (incluidos sus FPI relacionados) no deberá exceder el 15% del límite de inversión vigente para estos títulos en el caso de los FPI a largo plazo, y el 10% del límite de inversión vigente para otros FPI.
Existen otras condiciones diversas prescritas en la Cláusula 4.4 de la Circular Maestra.
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Estas modificaciones brindarán flexibilidad para invertir en títulos de deuda a corto o largo plazo sin tener que preocuparse por los límites regulatorios. Quienes deseen invertir fondos por un período más corto ahora dispondrán de esa posibilidad. Sin embargo, el RBI sigue prefiriendo los flujos a largo plazo, ya que los de corto plazo podrían afectar potencialmente las tasas y la liquidez.
