No se impondrá sanción por no presentar la declaración anual si la empresa la presentó antes de la emisión de la notificación

Publicado el:
July 15, 2024

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En poder de la Oficina del Registro Mercantil, Bombay

En el asunto de M/s Arrow Electronics India Private Limited

Summary

M/s Arrow Electronics India Private Limited ("La Empresa") no presentó su declaración anual correspondiente a los ejercicios fiscales 2018-19, 2019-20, 2020-21 y 2021-22 de conformidad con la Sección 92(4) de la Ley de Sociedades. La Empresa presentó una solicitud para la adjudicación de la infracción de las disposiciones de la Sección 92(4) de la Ley de Sociedades.

El Honorable Registro Mercantil de Bombay determinó que la Empresa presentó todas sus declaraciones anuales pendientes antes de la emisión de la notificación por parte del funcionario adjudicador. Por lo tanto, de acuerdo con la disposición de la Sección 454(3) de la Ley de Sociedades de 2013, no se debe imponer ninguna sanción a la empresa.

1. Brief facts of the case

  • M/s Arrow Electronics India Private Limited ("La Empresa") tiene su domicilio social en el estado de Maharashtra, India.
  • La Empresa presentó una solicitud de oficio para la adjudicación de la infracción de la disposición de la Sección 92(4) de la Ley de Sociedades de 2013.
  • La Empresa no presentó su Declaración Anual para los ejercicios fiscales 2018-19, 2019-20, 2020-21 y 2021-22 según lo requerido por la sección 92(5) de la Ley de Sociedades de 2013.

2. Relevant Legal Extracts:

A continuación, se reitera el extracto pertinente de la Ley de Sociedades de 2013 para su fácil consulta:

  1. Sección 92 - Declaración Anual

“...

4) Toda empresa deberá presentar ante el Registro una copia de la declaración anual dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se celebre la junta general anual o, cuando no se celebre ninguna junta general anual en un año, dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que debería haberse celebrado la junta general anual, junto con la declaración que especifique las razones por las que no se celebró dicha junta, abonando las tasas o tasas adicionales que se prescriban.

(5) Si una empresa no presenta su declaración anual conforme al subapartado (4) antes de la expiración del plazo allí especificado, dicha empresa y cada uno de sus funcionarios responsables incurrirán en una sanción de diez mil rupias y, en caso de incumplimiento continuado, en una sanción adicional de cien rupias por cada día que persista dicho incumplimiento, hasta un máximo de doscientas mil rupias en el caso de una empresa y cincuenta mil rupias en el caso de un funcionario responsable.

….”

  1. Sección 454 - Adjudicación de sanciones

“(3) El funcionario adjudicador podrá, mediante orden-

…

Siempre que, en caso de que el incumplimiento se refiera a la inobservancia del subapartado (4) de la sección 92 o del subapartado (1) o (2) de la sección 137 y dicho incumplimiento se haya subsanado antes de la emisión de la notificación por parte del funcionario adjudicador o dentro de los treinta días siguientes a la misma, no se impondrá ninguna sanción al respecto y todos los procedimientos en virtud de esta sección con respecto a dicho incumplimiento se considerarán concluidos.”

3. Conclusiones y observaciones del Registro Mercantil de Bombay

  1. Factores a considerar por la Autoridad Adjudicadora:

El Honorable Registro Mercantil ha determinado que, al evaluar la cuantía de la sanción, el funcionario adjudicador deberá considerar los siguientes factores:

  • Importe de la ganancia desproporcionada o ventaja injusta, cuando sea cuantificable, obtenida como resultado de dicho incumplimiento.
  • Pérdidas sufridas por los inversores u otras partes interesadas debido a dicho incumplimiento
  • Naturaleza repetitiva del incumplimiento

En el caso que nos ocupa, resulta difícil cuantificar la ventaja injusta obtenida por la empresa o las pérdidas sufridas por las partes interesadas.

  1. Naturaleza del incumplimiento
  • La Empresa estaba obligada a presentar la Declaración Anual para los ejercicios fiscales 2018-19, 2019-20, 2020-21 y 2021-22 de conformidad con la Sección 92(4) de la Ley de Sociedades de 2013.
  • However, the company has failed to do the same for all such years and therefore, such default is repetitive in nature.

4. Order

The RoC, Mumbai has held that:Considering the facts of the case and amendment made in section 454(3) of Companies Act, 2013, no penalty shall be imposed on the company for delay in filing of Annual return as the company has already filed the Annual Return for all applicable years prior to issue of notice by Adjudicating officer.

CA Kavit Vijay
Kavit Vijay, socio de la firma, cuenta con 15 años de experiencia en Auditoría y Aseguramiento. Dirige la división de Auditoría y Aseguramiento de la firma y está especializado en:
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