Funcionarios bajo la Ley de GST

Publicado el:
February 26, 2020

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Para la ejecución de cualquier estatuto, es necesario crear un equipo o grupo de personas a quienes se les asigne la responsabilidad de cumplir con dicho estatuto. A estas personas se les confieren diversas facultades y deberes para implementar las disposiciones.

De manera similar, la ley del Impuesto sobre Bienes y Servicios ("GST", por sus siglas en inglés) también contiene disposiciones relacionadas con el nombramiento de funcionarios, quienes serán responsables de la ejecución de las disposiciones de la ley del GST y, para este fin, se les confieren diversas facultades.

Capítulo II - Administración

El Capítulo II de la Ley del Impuesto sobre Bienes y Servicios Central (Ley "CGST") de 2017 contiene las disposiciones para la Administración bajo el GST en las siguientes secciones:

  1. Sección 3: Funcionarios bajo la Ley CGST
  2. Sección 4: Nombramiento de funcionarios
  3. Sección 5: Facultades de los funcionarios
  4. Sección 6: Autorización de funcionarios del impuesto estatal o del impuesto del territorio de la unión como funcionario competente en determinadas circunstancias.

Funcionarios bajo la Ley CGST

La Sección 3 de la Ley CGST establece la estructura administrativa o jerarquía de los funcionarios bajo la Ley CGST, la cual es la siguiente:

  • Comisionados Jefes Principales del Impuesto Central / Directores Generales Principales del Impuesto Central,
  • Comisionados Jefes del Impuesto Central / Directores Generales del Impuesto Central,
  • Comisionados Principales del Impuesto Central / Directores Generales Adicionales Principales del Impuesto Central
  • Comisionados del Impuesto Central / Directores Generales Adicionales del Impuesto Central
  • Comisionados Adicionales del Impuesto Central / Directores Adicionales del Impuesto Central
  • Comisionados Conjuntos del Impuesto Central / Directores Conjuntos del Impuesto Central
  • Comisionados Adjuntos del Impuesto Central / Directores Adjuntos del Impuesto Central
  • Comisionados Asistentes del Impuesto Central / Directores Asistentes del Impuesto Central
  • cualquier otra clase de funcionarios que se considere oportuna

Además, en el régimen anterior al GST, los impuestos indirectos consistían principalmente en el impuesto especial y el impuesto sobre servicios a nivel central, y el Impuesto sobre el Valor Añadido ("IVA") y los Impuestos sobre las Ventas Centrales ("CST") a nivel estatal. Para la aplicación de las disposiciones de estos estatutos, se nombraron funcionarios a nivel central y estatal.

La ley del GST se introdujo en sustitución del impuesto especial, el impuesto sobre servicios, el IVA y el CST; en consecuencia, los funcionarios nombrados para la Ley de Impuestos Especiales Centrales de 1944 y la ley estatal se consideran funcionarios bajo la Ley del GST.

Funcionarios nombrados mediante la Notificación N.º 2/2017-Impuesto Central de fecha 18 de junio de 2017

En ejercicio de la facultad otorgada por la sección 3 de la Ley CGST, el Gobierno Central nombró la misma jerarquía de funcionarios del impuesto central que la establecida en la sección 3. Sin embargo, además, el Gobierno Central también ha notificado 3 rangos adicionales denominados:

  1. Comisionados del Impuesto Central (Auditoría)
  2. Comisionados del Impuesto Central (Apelaciones)
  3. Comisionados Adicionales del Impuesto Central (Apelaciones)

La Notificación N.º 2/2017-Impuesto Central, emitida para el nombramiento de funcionarios bajo la sección 3, no requiere ser presentada ante el parlamento, ya que dicho requisito se limita únicamente a las notificaciones de exención y no a la designación de funcionarios.

Dicha notificación también especificó la jurisdicción del comisionado jefe principal o comisionado jefe del impuesto central en términos de:

  • Comisionados Principales/Comisionados del Impuesto Central
  • Comisionados del Impuesto Central (Apelaciones)
  • Comisionado Adicional del Impuesto Central (Apelaciones)
  • Comisionados del Impuesto Central (Auditoría)

A continuación, se presenta una ilustración para aclarar la situación de la jurisdicción:

‍

Notification/Circular No. Matter of Notification/Circular
Notification No. 02/2017-Central Tax, dated 19.06.2017 Jurisdiction of Central Tax Officers
Notification No. 14/2017-Central Tax, dated 01.07.2017 Assignment of jurisdiction and powers of various directorates
Notification No. 39/2017-Central Tax, dated 13.10.2017
read with Notification No. 10/2018-Central Tax, dated 23.01.2018
Cross-empower State Tax officers for processing and granting of refunds
Notification No. 2/2017-Integrated Tax, dated 19.06.2017 Notifying certain officers empowered to grant registration in case of OIDAR services by a person in a non-taxable territory
Circular No. 3/3/2017 dated 05.07.2017
read with Circular No. 31/05/2018 dated 09.02.2018
Issued to clarify the functions of the Proper officers
Circular No. 9/9/2017 dated 18.10.2017 Issued regarding the officer authorized for enrolment of GST Practitioners

‍

En consecuencia, según la Notificación, el Comisionado Jefe Principal de Ahmedabad tendrá jurisdicción territorial sobre:

  • Comisionado/Comisionado Principal de Ahmedabad Norte, Ahmedabad Sur, Gandhinagar, Rajkot, Bhavnagar y Gandhidham.
  • Comisionado (Apelaciones) y Comisionado Adicional (Apelaciones) de Ahmedabad y Rajkot.
  • Comisionado (Auditoría) de Ahmedabad y Rajkot

Nombramiento de funcionarios (Sección 4 de la Ley CGST)

Las funciones legales no pueden ser desempeñadas únicamente por funcionarios ejecutivos; por lo tanto, se requiere el nombramiento de personal administrativo para tal fin. La Sección 4 de la Ley CGST faculta a la Junta Central de Impuestos Indirectos y Aduanas (“CBIC”) para nombrar funcionarios adicionales a los especificados en la sección 3 con el propósito de administrar la Ley CGST. Además, la CBIC puede delegar su facultad de nombramiento de dichas personas a los funcionarios especificados en la sección 3 que tengan un rango inferior al de Comisionado Adjunto de impuestos centrales.

En virtud de la facultad otorgada por la sección 4, la CBIC ha emitido las siguientes circulares y notificaciones:

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Notification/Circular No. Matter of Notification/Circular
Notification No. 02/2017-Central Tax, dated 19.06.2017 Jurisdiction of Central Tax Officers
Notification No. 14/2017-Central Tax, dated 01.07.2017 Assignment of jurisdiction and powers of various directorates.
Notification No. 39/2017-Central Tax, dated 13.10.2017
read with Notification No. 10/2018-Central Tax, dated 23.01.2018
Cross-empower State Tax officers for processing and granting of refunds
Notification No. 2/2017-Integrated Tax, dated 19.06.2017 Notifying certain officers empowered to grant registration in case of OIDAR (Online Information Database Access and Retrieval) services provided by a person located in a non-taxable territory.
Circular No. 3/3/2017 dated 05.07.2017
read with Circular No. 31/05/2018 dated 09.02.2018
Issued to clarify the functions of the Proper officers
Circular No. 9/9/2017 dated 18.10.2017 Issued regarding the officer authorized for enrolment of GST Practitioners

‍

Tenga en cuenta que la facultad para nombrar funcionarios bajo la sección 3 corresponde al Gobierno Central. Sin embargo, la CBIC está autorizada bajo la sección 4 para el nombramiento de personal administrativo.

Todo el equipo de trabajo del personal administrativo se conoce como “Formación de Campo”.

Sección 5: Facultades de los funcionarios

La Sección 5 de la Ley CGST confiere a los funcionarios nombrados bajo la Ley CGST las siguientes facultades:

  • Puede ejercer las facultades otorgadas por la Ley CGST para cumplir con los deberes que se le impongan, sujeto a las condiciones y limitaciones que la CBIC pueda establecer.
  • Un funcionario puede ejercer las facultades y cumplir con los deberes impuestos a cualquiera de sus subordinados.
  • El Comisionado puede delegar sus facultades en cualquier otro funcionario subordinado a él, sujeto a las condiciones y limitaciones que el comisionado especifique.
  • Sin perjuicio de lo dispuesto en esta sección, una Autoridad de Apelación no ejercerá las facultades ni cumplirá con los deberes impuestos a ningún otro funcionario de impuestos centrales.

Sección 6: Autorización de funcionarios de impuestos estatales o de territorios de la unión como funcionarios competentes en determinadas circunstancias

Las disposiciones de la Ley CGST están alineadas con las disposiciones de la Ley SGST/UTGST. En consecuencia, es necesario evitar la duplicidad en la administración tributaria por parte de los funcionarios de la Ley CGST y de la Ley SGST/UTGST.

Para evitar la multiplicación de acciones, la ley de GST establece que los funcionarios nombrados bajo la ley SGST o la ley UTGST están autorizados para actuar como funcionarios bajo la Ley CGST, sujeto a las condiciones que el gobierno pueda prescribir en consulta con el Consejo de GST.

Si un funcionario competente emite una orden bajo la Ley CGST, deberá emitir una orden bajo la Ley SGST y la Ley UTGST notificándolo al funcionario jurisdiccional de impuestos estatales o de territorios de la unión.

Si un funcionario competente inicia un procedimiento bajo la Ley SGST o la Ley UTGST sobre un asunto determinado, dicho funcionario no iniciará procedimientos sobre el mismo asunto bajo la Ley CGST.

Cualquier procedimiento de rectificación, apelación y revisión de una orden dictada por un funcionario nombrado bajo la Ley CGST no podrá presentarse ante un funcionario nombrado bajo la Ley SGST o la Ley UTGST.

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