El RoC impuso una multa de 2,1 millones de INR por el retraso en el nombramiento de un Secretario de Sociedad a tiempo completo.

Publicado el:
November 21, 2023

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en el asunto de First Data (India) Private Limited

Por la Oficina del Registro Mercantil, Bombay

El Registro Mercantil impuso una sanción considerable de 2,1 millones de rupias indias a una sociedad privada limitada por el retraso en el nombramiento de un secretario de empresa a tiempo completo. La empresa se retrasó 66 meses y 10 días (del 24 de octubre de 2014 al 4 de mayo de 2020) en dicho nombramiento debido a la dificultad para encontrar un candidato adecuado. El Registro Mercantil de Bombay impuso una multa de 1.000.000 de rupias a la empresa y de 550.000 rupias a cada uno de sus dos directores por incumplimiento de las disposiciones del artículo 203 de la Ley de Sociedades.

El Registro Mercantil de Bombay determinó que el periodo comprendido entre el 24 de octubre de 2014 y el 1 de noviembre de 2018 es susceptible de composición. Sin embargo, se impuso una sanción por el periodo comprendido entre el 2 de noviembre de 2018 y el 3 de mayo de 2020.

La sentencia se analiza detalladamente a continuación:

1. Breve resumen del caso

  • M/s First Data (India) Private Limited ("la Empresa") presentó una solicitud de oficio para la adjudicación de la infracción de las disposiciones del artículo 203 de la Ley de Sociedades de 2013.
  • La Empresa estaba obligada a nombrar un secretario de empresa en virtud del artículo 203 de la Ley de Sociedades el 24 de octubre de 2014.
  • Sin embargo, la Empresa no nombró a un secretario de empresa hasta el 4 de mayo de 2020. Por lo tanto, la empresa retrasó el nombramiento del secretario de empresa durante 66 meses y 10 días debido a la dificultad para encontrar un candidato adecuado.

2. Extracto legal

A continuación, se reiteran las disposiciones pertinentes del artículo 203 de la Ley de Sociedades de 2013 para su fácil consulta:

“Artículo 203: Nombramiento de personal directivo clave

(1) Toda empresa perteneciente a la clase o clases de empresas que se prescriban deberá contar con el siguiente personal directivo clave a tiempo completo:

(i) director gerente, o director ejecutivo o gerente y, en su ausencia, un director a tiempo completo;

(ii) secretario de empresa; y

(iii) director financiero.

…

(4) Si el cargo de cualquier miembro del personal directivo clave a tiempo completo queda vacante, la vacante resultante deberá ser cubierta por el Consejo en una reunión del mismo en un plazo de seis meses a partir de la fecha de dicha vacante.

(5) Si alguna empresa incumple las disposiciones de este artículo, dicha empresa estará sujeta a una multa de quinientas mil rupias, y cada director y miembro del personal directivo clave de la empresa que sea responsable del incumplimiento estará sujeto a una multa de cincuenta mil rupias; cuando el incumplimiento sea continuado, se impondrá una multa adicional de mil rupias por cada día posterior al primero durante el cual continúe dicho incumplimiento, sin exceder las quinientas mil rupias”.

3. Alegaciones de la Empresa

Con respecto a la infracción de las disposiciones del artículo 203 de la Ley de Sociedades:

  1. En la oportunidad de ser escuchada, la Empresa dio su consentimiento para adjudicar y dictar las órdenes necesarias para la imposición de la sanción:
  2. La Empresa sostuvo que se retrasó en el nombramiento del secretario de empresa a tiempo completo. Por lo tanto, existe una infracción de las disposiciones del artículo 383A y del artículo 203 de la Ley de Sociedades de 2013.
  3. El retraso en la cobertura de la vacante ocasional se debió a la dificultad para encontrar un candidato adecuado. Sin embargo, no hubo intención delictiva (mens rea) y el incumplimiento se cometió debido a circunstancias inevitables, sin que la empresa tuviera mala fe.
  4. La Empresa ha solicitado de oficio la rectificación del incumplimiento.
  5. Además, el incumplimiento no es de tal naturaleza que perjudique los intereses de los miembros, acreedores u otras personas que traten con la Empresa solicitante.

4. Conclusiones del Registro Mercantil

El Honorable Registro Mercantil de Bombay realizó el siguiente análisis:

  1. Factores que debe considerar el funcionario encargado de la adjudicación:

El funcionario encargado de la adjudicación deberá considerar los siguientes factores al determinar la sanción en virtud del artículo 203(5) de la Ley:

  • El importe de la ganancia desproporcionada o ventaja injusta, siempre que sea cuantificable, obtenida como resultado del incumplimiento.
  • El importe de la pérdida causada a un inversor o grupo de inversores como resultado de la cuantificación de la ventaja injusta obtenida por el notificado, o la pérdida causada a los inversores en un incumplimiento de esta naturaleza.
  1. Periodo bajo compensación

El funcionario adjudicador declaró que el periodo de incumplimiento desde el 24.10.2014 al 01.11.2018 es susceptible de compensación. Por lo tanto, dicho periodo no formará parte de la adjudicación y el mismo será compensado ante la autoridad competente conforme a la sección 441 de la Ley de Sociedades de 2013.

El periodo desde el 2.11.2018 al 03.05.2020 será objeto de examen por incumplimiento de las disposiciones de la sección 203 de la Ley de Sociedades de 2013.

5. Orden del Honorable Registrador de Sociedades

Considerando los hechos y las circunstancias, el Honorable Registrador de Sociedades (RoC) impuso la siguiente sanción a la empresa y a cada director y personal directivo clave de la empresa que incurrió en incumplimiento por un retraso de 548 días:

‍

Penalty Calculation (02.11.2018 to 03.05.2020)
Person on whom penalty is imposed No. of Days of Default
(02.11.2018 to 03.05.2020)
First Default Penalty (INR) Continuing Default Penalty (INR) Total Penalty Maximum Penalty
The Company 548 Days 5,00,000 5,48,000 10,48,000 10,00,000
Director 548 Days 50,000 5,48,000 5,98,000 5,50,000
Director 548 Days 50,000 5,48,000 5,98,000 5,50,000
Total Penalty ₹21,00,000

‍

  1. La empresa y el personal directivo clave pueden presentar un recurso contra la orden de adjudicación en un plazo de 60 días a partir de la fecha de recepción de la orden, mediante el Formulario ADJ, exponiendo los motivos del recurso y adjuntando una copia certificada de esta orden.
  2. Asimismo, de conformidad con la sección 454(8)(ii) de la Ley de Sociedades de 2013, si la sanción no se abona en un plazo de 90 días a partir de la fecha de recepción de la copia de la orden, el funcionario responsable será sancionado con pena de prisión de hasta 6 meses, una multa mínima de 25.000 INR que puede ascender a 1.000.000 INR, o ambas.
  3. Si la empresa no paga la sanción en un plazo de 90 días a partir de la fecha de recepción de la copia de la orden, la empresa será sancionada con una multa mínima de 25.000 INR que puede ascender a 500.000 INR.

6. Conclusion

El Ministerio de Asuntos Corporativos está endureciendo el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Sociedades de 2013. Diversas empresas, personal directivo clave y auditores se enfrentan a cuantiosas multas por incumplimientos. El Ministerio ha tomado medidas reglamentarias estrictas contra First Data (India) Private Limited por el retraso en el nombramiento de un Secretario de Sociedad. Esta acción puede servir de seria advertencia para que otras empresas cumplan con los requisitos reglamentarios y eviten repercusiones financieras.

CA Kavit Vijay
Kavit Vijay, socio de la firma, cuenta con 15 años de experiencia en Auditoría y Aseguramiento. Dirige la división de Auditoría y Aseguramiento de la firma y está especializado en:
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