TDS sobre pagos a socios a partir del 1 de abril de 2025 | Nueva Sección 194T de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Publicado el:
March 25, 2025

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Los pagos a socios se habían mantenido fuera del ámbito de la retención en la fuente (TDS), independientemente de si el pago se realizaba por concepto de intereses sobre el capital, remuneración del socio, intereses sobre préstamos, comisiones, etc. Sin embargo, este concepto ha cambiado a partir del 1 de abril de 2025. La Ley de Finanzas (N.º 2) de 2024 ha incorporado la Sección 194T a la Ley del Impuesto sobre la Renta de 1961, la cual establece la deducción de TDS sobre los pagos realizados a socios por concepto de remuneraciones, intereses, bonificaciones, etc.

Este artículo realiza un análisis detallado de la Sección 194T de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 1961.

1. Extracto legal

  • La Sección 194T se reproduce a continuación para su fácil consulta:

“Pagos a socios de firmas.

194T. (1) Toda persona, siendo una firma, responsable de pagar cualquier suma como salario, remuneración, comisión, bonificación o intereses a un socio de la firma, deberá, en el momento del abono de dicha suma en la cuenta del socio (incluida la cuenta de capital) o en el momento de su pago, lo que ocurra primero, deducir el impuesto sobre la renta correspondiente a una tasa del diez por ciento.

(2) No se realizará ninguna deducción bajo el subapartado (1) cuando dicha suma o el agregado de dichas sumas abonadas o pagadas, o que probablemente se abonen o paguen al socio de la firma, no exceda de veinte mil rupias durante el ejercicio fiscal.”

2. Pagos sujetos a deducción de TDS bajo la Sección 194T

Según la Sección 194T, el TDS debe deducirse sobre los siguientes pagos realizados a socios por una firma de asociación, incluidas las LLP:

  1. Salario;
  2. Remuneración;
  3. Comisión;
  4. Bonificación;
  5. Intereses sobre préstamos;
  6. Intereses sobre capital

3. Tasa de TDS

De acuerdo con la Sección 194T de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el TDS debe deducirse a una tasa del 10% sobre dichos pagos. Si el pago se realiza a socios residentes, el TDS se deducirá a una tasa fija del 10% sin recargos ni tasas educativas adicionales.

Lea también: Menor TDS sobre ingresos salariales: el empleado debe presentar el Formulario 12BAA ante el empleador para obtener el crédito de otros TDS y TCS

4. Límite umbral para la deducción de TDS

La Sección 194T establece que el límite umbral para la deducción de TDS será de 20.000 INR. Es pertinente señalar que dicho límite debe verificarse sobre una base agregada y no por cada naturaleza de pago.

Por lo tanto, si el agregado de todos los pagos realizados a los socios, incluidos remuneraciones, intereses, comisiones, etc., supera los 20.000 INR, entonces se debe deducir el TDS sobre todos los pagos.

Ilustración:

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TDS Deduction Summary

Date of Payment Nature of Payment Amount TDS to be deducted
10.04.2025 Payment of commission 5,000 NIL
15.05.2025 Interest on Loan 12,000 NIL
30.06.2025 Interest on Capital 12,000 2,900 (5000 + 12000 + 12000)

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5. Cuándo se debe deducir el TDS

Al igual que otras disposiciones de TDS, el TDS debe deducirse en la fecha más temprana de las siguientes:

  1. abono de dicha suma en la cuenta del socio (incluida la cuenta de capital)
  2. Fecha de pago

6. Pagos fuera del ámbito de la Sección 194T:

Cualquier pago realizado a los socios por concepto de retiro de capital de la firma no estará sujeto a la retención de TDS. Por lo tanto, si el pago se realiza para retirar capital de la firma, no se deducirá ningún TDS de dicho importe.

7. TDS sobre pagos realizados a socios no residentes

  • Según la Sección 194T de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se deducirá el TDS sobre los pagos realizados por cualquier persona, siendo una firma, al socio de la misma. Esta sección no especifica si el socio debe ser residente o no residente.
  • Por otro lado, la Sección 195 establece disposiciones específicas de TDS para los pagos realizados a no residentes.
  • Por lo tanto, idealmente, el TDS sobre los pagos realizados a socios no residentes debería deducirse bajo la Sección 195 en lugar de la Sección 194T de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

8. No deducibilidad de gastos por falta de retención de TDS

  • Según la Sección 40(a)(ia), no se permitirá una deducción bajo el rubro PGBP de hasta el 30% de cualquier suma pagadera a un residente, sobre la cual el TDS sea deducible bajo el Capítulo XVII-B y dicho TDS no haya sido retenido o, habiendo sido retenido, no se haya depositado en o antes de la fecha de vencimiento especificada en la subsección (1) de la sección 139.
  • Según la Sección 40(b), la deducción por remuneración e intereses sobre el capital pagado a un socio es admisible hasta un límite especificado.
  • Según la Sección 40 en conjunto con la 194T, si se realiza algún pago a los socios para el cual se permite la deducción bajo la sección 40(b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pero no se retiene el TDS sobre el mismo bajo la sección 194T, entonces el 30% de dicho gasto no será deducible bajo la sección 40(a)(ia) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de 1961.
  • Sin embargo, ¿qué sucede si un importe no es deducible porque excede el límite especificado en la Sección 40(b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta? ¿Sigue estando obligada la firma a retener el TDS sobre dicho importe bajo la sección 194T, dado que ya no se permite como gasto?

Conclusion

La Sección 194T supone un inconveniente para los socios, ya que afectará considerablemente a sus flujos de caja. Asimismo, supondrá una carga de cumplimiento adicional para la sociedad. Además, la Sección 194T entrará en vigor el 1 de abril de 2025, aunque el departamento aún debe aclarar muchas cuestiones.

El departamento debe emitir una aclaración detallada y preguntas frecuentes sobre el TDS en los pagos realizados a los socios para evitar confusiones y lograr uniformidad.

CA Kavit Vijay
Kavit Vijay, socio de la firma, cuenta con 15 años de experiencia en Auditoría y Aseguramiento. Dirige la división de Auditoría y Aseguramiento de la firma y está especializado en:
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